El Gobierno del Paraguay, a través de este programa, pretende apoyar el desarrollo económico y social de los connacionales repatriados que se encuentran impulsando la instalación o el fortalecimiento de un negocio; brindándoles, por un lado, capacitación emprendedora para contribuir en la construcción de un entorno que mejore su competitividad y, por otro lado, aporte financiero complementario al capital empresarial constituido, a fin de patrocinar el incentivo necesario para potenciar sus emprendimientos. Asimismo, disponer un escenario para que el capital humano, social y financiero retornado sea integrado a la sociedad en condiciones favorables.
En el presente Programa se ajusta a las disposiciones de la Ley Nº 7444/24 para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. «Art 6°. EXCEPCIONES. A los efectos de la presente ley, no serán consideradas las empresas que se dediquen a la intermediación financiera, seguros, personas físicas que sean contribuyentes del impuesto a las rentas y ganancias de capital y de las rentas derivadas de la prestación de servicios personales independientes o en relación de dependencia«.
El programa de Apoyo a Repatriados Emprendedores se considera la propuesta de reintegración más inclusiva que lleva adelante la SEDERREC; buscando minimizar la falta de oportunidades que provocó la emigración; brindándoles a los connacionales repatriados con emprendimientos económicos, que fueron instalados quizás como medios de subsistencia o como una alternativa laboral, la posibilidad de fortalecerlos con recursos humanos más competitivos y con una rentabilidad más atractiva.
Los aportes en concepto de AFC para emprendimientos se otorgarán para los siguientes casos:
1. El inicio/fortalecimiento de emprendimientos de connacionales repatriados será beneficiado con un monto máximo de 200 jornales mínimos diarios establecido para actividades diversas no especificadas.
Está dirigido a connacionales que hayan residido en forma permanente y continua de dos años como mínimo en el extranjero y que hayan retornado a Paraguay hasta cinco años, que será controlado en la expedición del Certificado de Repatriación.
2. El traslado de emprendimientos de connacionales hasta nuestro país será beneficiado con hasta el 50% del costo total y con un monto máximo de 200 jornales mínimos diarios establecido para actividades diversas no especificadas.
Está dirigido a connacionales que se encuentran residiendo en forma permanente y continua de dos años como mínimo en el extranjero.